¿Es posible declarar la nulidad del traslado del régimen de prima media con prestación definida al régimen de ahorro individual con solidaridad cuando ese traslado estuvo precedido por algún vicio del consentimiento?
Existe la posibilidad de RETORNAR al Régimen de Prima Media con Prestación Definida, administrado por Colpensiones, cuando se comprueben varios aspectos:
- Falta de información por parte de los fondos privados acerca de las consecuencias que genera el traslado del régimen de prima media con prestación definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.
- Falsas expectativas creadas por parte de los promotores de las administradoras de fondos de pensiones, entre los afiliados, de recibir una mesada pensional mayor a la que recibirían en el
- Régimen de Prima Media con Prestación Definida.
- El engaño con que actuaban los promotores de las administradoras de fondos de pensiones, al trasmitir a los afiliados, información comparativa de ambos regímenes.
- Las omisiones en la información, fundando desventajas entre los afiliados de los dos regímenes pensionales.
- El perjuicio en el que se ve inmerso el afiliado al haberse trasladado al Régimen de Ahorro Individual.
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